Bienvenido a Somos, el Programa de lealtad y relacionamiento de ESSA que busca:
Facilitar el uso y el disfrute del servicio público domiciliario de energía, para lograr mayor cercanía y lealtad en los usuarios y contribuir al mejoramiento de su calidad de vida
En relación con los aliados del Programa, la relación con ellos se puede terminar en cualquier momento por diferentes causas. Si bien el Programa comunica por los diferentes medios dispuestos el ingreso o retiro de aliados, es responsabilidad de los clientes consultar los aliados disponibles de la forma indicada anteriormente.
El Programa está abierto para todos los usuarios de ESSA. La inscripción se hace por una única vez y es gratuita. Los canales para realizar la inscripción son la línea de atención y/o el portal web. Para ser miembro activo de Somos y recibir todos los beneficios de los elementos, se debe pagar a tiempo la factura de servicios públicos de ESSA, esto es, pagar mensualmente máximo hasta la fecha con recargo indicada en cada factura. La calidad de miembro del Programa se conserva mientras la persona tenga menos de siete (7) meses pendientes de pago.
Hasta 10 personas mayores de edad que vivan en el mismo inmueble pueden inscribirse, todos podrán participar del elemento beneficios y algunos del elemento crédito, como se explica en el aparte de “Créditos para clientes hogares”. El Programa podrá modificar en cualquier momento estos parámetros, comunicándolo a los clientes de manera previa usando como mínimo el portal web y el correo electrónico de aquellos clientes que lo hayan proporcionado. Además, podrá usar el contact center y/o mensajes de texto.
La inscripción solo puede hacerse con una sola dirección, correspondiente a la del domicilio donde vive el usuario interesado, no importa la calidad en la que habita la vivienda (arrendatario o propietario). Si el cliente cambia de dirección, es su deber reportarlo al Programa para que continúe disfrutando de los elementos de este.
De la misma forma sólo podrán pertenecer al Programa registrándose con la cédula de ciudadanía o de extranjería, en caso de identificar que el documento con el que se está registrado es inválido o no corresponde al usuario, el Programa procederá a inactivar la respectiva cuenta.
El Programa opera en todas las regiones donde ESSA tiene presencia directa con el servicio de energía.
Las personas naturales deben presentar la cédula de ciudadanía o extranjería para acceder a los diferentes beneficios. Para el caso de personas jurídicas, con el respectivo certificado de existencia y representación legal, actualizado con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días.
Mediante los Créditos Somos, ESSA busca facilitar la adquisición de productos y servicios por los usuarios de ESSA, que promuevan la eficiencia, racionalidad, uso inteligente del servicio público domiciliario y que mejoren su calidad de vida. Se ofrecen tanto para personas naturales como jurídicas y pueden ser de tipo rotativo y fijo.
Los créditos se ofrecen bajo las siguientes condiciones:
Clientes Empresas: Son las personas naturales o jurídicas que cuenten con instalaciones industriales o comerciales, y que acrediten lo siguiente:
Demostrar por lo menos un año de vigencia en la actividad económica que desarrolla y para la cual solicita el crédito. Si son personas jurídicas, lo deberán demostrar con el certificado de existencia y representación legal actualizado con una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario y si se trata de personas naturales deberá demostrar su actividad comercial o industrial con alguno de los siguientes soportes: RUT, registro en cámara de comercio, declaración de renta o la declaración de IVA.
No haber tenido suspensión del servicio público prestado por ESSA, en más de una (1) ocasión durante los últimos doce (12) meses. Según políticas de estudio de crédito se podrán estudiar aquellos casos de clientes comerciales e industriales que, llevando menos de doce (12) meses en la instalación, demuestren tener más de un año desarrollando la actividad comercial o industrial para la cual solicita el crédito.
Clientes Hogares: Son las personas naturales que cuenten con instalaciones residenciales. También se incluyen las personas naturales con instalaciones comerciales o industriales, que no acreditan los requisitos exigidos para ser clasificados como Clientes Empresas. Estos deben acreditar:
No haber tenido suspensión del servicio público prestado por ESSA en más de dos (2) ocasiones durante los últimos doce (12) meses.
Al momento de la solicitud de crédito, la instalación no debe estar en estado de suspensión o corte el servicio público prestado por ESSA.
Los inmuebles deben contar al menos con un mes de facturación en el servicio público domiciliario prestado por ESSA.
Los productos y servicios autorizados que se pueden adquirir con los Créditos Somos, se asocian, entre otras, a las siguientes categorías:
La lista completa de productos, servicios y aliados de crédito, se encuentra publicada en el portal web Somos y se podrá obtener información sobre esta en la línea de atención Somos. Esta lista se actualiza dependiendo de las negociaciones con los aliados, por lo cual los usuarios deberán consultarla antes de realizar compras.
Tipos de clientes | Tipos de créditos Rotativo Fijo |
Hogares | ✓ ✓ |
Empresas | ✓ ✓ |
Dirigidos a los Clientes Hogares definidos previamente. Se pueden otorgar hasta tres (3) créditos asociados a una misma Cuenta; entre, rotativos, fijos y con destinación específica. Solo se otorgará un crédito rotativo con tarjeta por persona. El Programa podrá variar en cualquier momento estas condiciones, lo cual será comunicado previamente por los diferentes medios dispuestos para ello, para este caso como mínimo contact center Somos, portal de Somos y personal de la fuerza de ventas de crédito.
Este es un cupo de crédito, el cual a medida que el cliente va pagando sus cuotas, lo que corresponda a capital, se le restablece como saldo disponible para poder hacer compras futuras. Este cupo se puede materializar con tarjeta o sin tarjeta (en este momento el cupo rotativo sin tarjeta no está habilitado para los clientes, cuando esté disponible será comunicado a los clientes, usando como mínimo el portal web, el contact center, la fuerza de ventas y mensajes de texto de aquellos clientes que hayan suministrado este dato).
Dirigido a los Clientes Hogares que cuenten únicamente con instalaciones residenciales. Permite adquirir mediante una tarjeta, los productos y servicios autorizados por el Programa en los aliados comerciales de crédito. La tarjeta es personal e intransferible, es responsabilidad del usuario conservarla y reportar ante el Programa cualquier eventualidad que surja con ella con el fin de evitar posibles fraudes o suplantaciones.
Al crédito rotativo para clientes hogares con tarjeta se le aplica una cuota de administración, la cual se cobra siempre que existan valores pendientes de pago. El valor es de dos mil novecientos quince pesos ($2915) por las compras efectuadas vigencia2020. A partir del 01 de enero del 2021, la cuota tendrá un incremento anual del IPC+4 puntos, en caso de tener decimales se aproximará al entero siguiente. El incremento anual de la cuota a partir del año 2021, se aplicará para todas las tarjetas que tengan saldo vigente por compras hechas den la vigencia 2020. Dicho ajuste será comunicado a los clientes por lo menos con un mes de anterioridad a su aplicación, usando como mínimo el portal web y el correo electrónico de aquellos clientes que hayan suministrado este dato. Además, podrá usar el contact center Somos y/o mensajes de texto.
ESSA entregará la tarjeta en perfectas condiciones, sin signos de deterioro o adulteración. Las siguientes son las condiciones generales de manejo y cuidado de la tarjeta con cupo rotativo Somos a cargo del cliente:
Es un crédito rotativo que no requiere tarjeta para adquirir los productos y servicios autorizados por el Programa.
Este crédito opera de la siguiente forma: Una vez se apruebe el crédito, el cliente selecciona el Aliado de Crédito y este le presta el servicio o entrega el producto, previa verificación con ESSA del estado del crédito y su cupo. Finalmente, el aliado remite a ESSA, el soporte de recibo a satisfacción del producto o servicio por parte del cliente y la factura de venta.
Este crédito podrá ser usado para adquirir los productos y servicios ofrecidos por los Aliados de Crédito que hagan parte de esta estrategia, los cuales podrán ser consultados en el Contact Center y en el portal web www.somosgrupoepm.com
En esta modalidad de crédito el cliente está sujeto a la disponibilidad de productos que ofrezcan los Aliados vinculados, es decir, si el cliente desea adquirir productos autorizados por el Programa que no estén o que no ofrezcan los aliados que hacen parte de la estrategia CrediSomos Ágil, podrá surtir el proceso normal de solicitud de CrediSomos Tarjeta, para adquirir el producto deseado con otro Aliado.
Cuota de administración Créditos rotativos para clientes hogares
Al crédito rotativo para clientes hogares CrediSomos Ágil, se le aplica una cuota de administración, la cual se cobra siempre que existan valores pendientes de pago de la siguiente forma:
Es un crédito con un cupo fijo que se agota cuando el cliente lo usa, una vez usado, deberá solicitar un nuevo cupo de crédito fijo para clientes hogares.
Este crédito opera de la siguiente forma: Una vez se apruebe el crédito, el cliente selecciona el aliado de crédito y este le presta el servicio o entrega el producto, previa verificación interna con ESSA. Finalmente, el aliado remite a ESSA, el soporte de recibo a satisfacción del producto o servicio por parte del cliente y la factura de venta.
En este tipo de crédito, se incluyen de manera general los siguientes productos y/o servicios específicos, sin perjuicio de los demás que se vayan adicionando o eliminando en el portafolio definido por el Área de Gestión Comercial Equipo de trabajo mercadeo y ofertas.
2.1 Crédito para soluciones de energía solar – CrediSomos Eco
Crédito exclusivo para soluciones integrales de energía solar, de acuerdo con el análisis de la necesidad energética del cliente como autogenerador, que incluye, entre otros: el diseño de la solución, la instalación de los equipos y su mantenimiento. Se solicita directamente por los canales de atención de ESSA: Oficinas de atención, línea de atención Somos 6528888 o promotores del programa SOMOS.
Beneficios y características principales de los créditos para clientes hogares
Dirigido a los Clientes Empresas definidos previamente. Se podrán otorgar hasta dos tipos de créditos para clientes empresas, asociados a una misma Cuenta. El Programa podrá variar en cualquier momento esta condición, lo cual será comunicado previamente por los diferentes medios dispuestos para ello, para este caso como mínimo contact center, portal de WEB y personal de la fuerza de ventas de crédito.
Este crédito podrá ser de cupo fijo y rotativo (en este momento el cupo rotativo para clientes empresas no está habilitado para los clientes, cuando esté disponible será comunicado a los clientes, usando como mínimo el portal web, el contact center, la fuerza de ventas y mensajes de texto de aquellos clientes que hayan suministrado este dato).
3.1 CRÉDITO FIJO PARA CLIENTES EMPRESAS
Es un crédito con un cupo fijo que se agota cuando el cliente lo usa, una vez usado, deberá solicitar un nuevo cupo de crédito fijo para clientes empresas.
Una vez aprobado este crédito, se materializa con la cotización emitida por el aliado comercial del cliente y carta de aprobación de crédito emitida por ESSA a nombre del cliente con copia al aliado comercial, con lo cual el aliado le entrega al cliente el bien o servicio a financiar. Finalmente, junto con la cotización y la carta de aprobación de crédito, el aliado remite a ESSA el soporte de recibo a satisfacción del producto o servicio por parte del cliente y la factura de venta.
En este tipo de crédito, se incluyen de manera general los siguientes productos y/o servicios específicos, sin perjuicio de los demás que se vayan adicionando o eliminando en el portafolio definido por el Área de Gestión Comercial Equipo de trabajo Mercadeo y Ofertas.
Crédito para soluciones de energía solar
Crédito exclusivo para soluciones integrales de energía solar, de acuerdo con el análisis de la necesidad energética del cliente como autogenerador, que incluye, entre otros: el diseño de la solución, la instalación de los equipos y su mantenimiento. Se solicita directamente por los canales de atención de ESSA: Oficinas de atención, línea de atención Somos 6528888 o aliados del programa SOMOS.
Oficinas de atención, línea de atención Somos 607 652 8888 o aliados del programa SOMOS.
Beneficios y características principales de los créditos para clientes empresas
Respecto a los tomadores del crédito que hayan fallecido y que, habiendo cumplido con las condiciones para acceder al servicio exequial, no hubieran hecho uso del mismo, ESSA, previa solicitud del interesado, reconocerá un monto en dinero que más adelante se detalla, para ser utilizado exclusivamente como abono al pago del servicio público domiciliario de energía eléctrica del domicilio que el tomador del crédito tuviera registrado en Somos o para el domicilio que el beneficiario del tomador indique, en caso que el tomador haya designado a alguien como beneficiario para este fin. El total del monto otorgado se dispone para pagar la primera factura del servicio público de energía emitida después de aprobada esta reclamación, en caso de que el monto exceda el valor total de la factura, se reserva el saldo a favor para el pago de la siguiente facturación y, así sucesivamente hasta agotar el monto reconocido. En caso de que el monto otorgado sea inferior a la primera factura de servicios públicos emitida después de aprobada esta reclamación, este se aplicará como parte de pago de la factura y en el documento de la factura del servicio público de energía estará representado como un menor valor a pagar.
Para titulares de crédito fallecidos entre el 01 de enero y el 31 de octubre del 2021 se reconocerá un monto equivalente a la diferencia entre $2.183.560 (dos millones ciento ochenta y tres mil quinientos sesenta pesos) y el saldo cubierto de la deuda, teniendo en cuenta la fecha del deceso del titular de crédito.
Para titulares de crédito fallecidos a partir del 01 de noviembre del 2021, el monto a reconocer es el referido a continuación:
Valor Deuda a la fecha del fallecimiento | Reconocimiento |
Menor a 1.5 SMMLV | 1.5 SMMLV menos Valor Deuda |
Mayor a 1.5 SMMLV y menor a 1.8 SMMLV | Valor Deuda |
Mayor o igual a 1.8 SMMLV | 2.0 SMMLV menos Valor Deuda |
El beneficiario del tomador del crédito fallecido enunciado anteriormente es aquella persona mayor de edad, que el tomador haya relacionado como tal, en la solicitud de crédito o a través del Contact center de Somos.
En todo caso, ambos beneficios, exequial y abono al pago del servicio público domiciliario de energía, aplican a partir de la fecha de defunción del tomador y se pueden reclamar dentro de los dos (2) años siguientes a dicha fecha, para los fallecidos hasta el 31 de octubre del 2021. Para los fallecidos a partir del 01 de noviembre del 2021 se pueden reclamar dentro de los de los doce (12) meses siguientes a la fecha del deceso. Para tales efectos, se deberá aportar copia del registro civil de defunción, copia de la cédula de ciudadanía del tomador del crédito, y copia de la cédula de ciudadanía o extranjería del beneficiario, si lo hubiera. Este beneficio no se entrega en dinero, es exclusivo para el pago del servicio público domiciliario de energía prestado por ESSA.
ESSA se reserva la facultad de modificar las condiciones, suspender o terminar el reconocimiento de este beneficio a partir de una fecha específica, para lo cual se dará aviso previamente, usando como mínimo el portal web y el correo electrónico de aquellos clientes que hayan suministrado este dato. Además, podrá usar el contact center Somos y/o mensajes de texto.
Son todas aquellas acciones dirigidas a todos los miembros de Somos Grupo EPM, ya sea de manera individual o a comunidades, que cumplan con los buenos comportamientos de uso del servicio público de energiay/o de pago establecidos por el Programa. Estas beneficios y acciones se realizan mediante los Aliados de beneficios vinculados para este fin. Consisten en premios, sorteos, eventos, concursos, descuentos, cursos y demás acciones distintas a las financiaciones del elemento de Crédito del Programa.
1. Alianzas con otros programas de beneficios
Son las alianzas que podrá hacer ESSA con personas naturales o jurídicas que cuenten con programas de beneficios para sus clientes, con el fin de otorgarles la posibilidad de abonar al pago de la factura del servicio público domiciliario o en otros productos y servicios ofrecidos por ESSA. Para ello, dichos clientes, deberán estar inscritos también como miembros del programa ViveSomos . El monto del abono a la cuenta del servicio público domiciliario se aplicará, al concepto de energía hasta que el monto correspondiente se agote. Si el monto no se agota en la primera factura, se continuará aplicando en la siguiente, de la misma manera.
En todo caso, la forma en que los clientes del aliado pueden acceder al beneficio de hacer abonos en la factura de servicio público u otros productos y servicios ofrecidos por ESSA, se regirá por los términos y condiciones del programa de beneficios del aliado y cualquier petición, reclamación o queja, deberá ser atendida por este último.
ESSA no es responsable frente a los efectos por la no aplicación oportuna de estos, derivada de la no transferencia de los recursos a ESSA.
2. Alianzas para descuentos, eventos, obsequios, entre otros
Son las alianzas que podrá hacer ESSA sin que esta realice aportes en dinero, con personas naturales o jurídicas con el fin de incentivar ciertos comportamientos definidos por el Programa y brindar, entre otros, los siguientes tipos de beneficios a los clientes Somos:
Las atenciones de PQR’s relacionadas con el Programa Somos se atienden como una petición de conformidad con el Procedimiento para Resolver PQR’S con código PPSAC007 en ESSA- o aquel que lo modifique, adicione o sustituya. Para lo anterior, deberán tenerse en cuenta las siguientes disposiciones:
Las peticiones son aquellas solicitudes por parte de usuarios o autoridades que buscan obtener un pronunciamiento de ESSA, sobre asuntos que interesen al peticionario relacionados con el Programa Somos. Se entiende que cualquier solicitud hecha por los ciudadanos o usuarios constituyen una petición, sin que sea necesario indicarlo.
Las orientaciones no constituyen presentación de una petición.
Las personas naturales podrán ejercer el derecho de petición por sí mismas y las jurídicas a través del representante legal. Ambas podrán hacerlo por intermedio de apoderado legalmente constituido.
Es importante precisar que, a las peticiones asociadas al Programa Somos no les aplican los efectos del Silencio Administrativo Positivo previsto en el artículo 158 de la Ley 142 de 1994, comoquiera que, no se encuentran dentro de los actos definidos en el artículo 154 de la misma Ley y las actividades realizadas por su cuenta no guardan relación alguna con la prestación del servicio público de energía eléctrica prestado por ESSA, así las cosas, la atención de las mismas se realizará atendiendo los parámetros y procedimientos consagrados en la Ley 1437 de 2011 modificada por la Ley 1755 de 2015.
Canales de recepción de las peticiones:
Toda petición debe ser respetuosa so pena de rechazo, comprendido el objeto de la petición, se devolverá al peticionario para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición, lo cual será comunicado al peticionario.
Con relación a las peticiones reiterativas ya resueltas, ESSA podrá remitirse a las respuestas anteriores, salvo que se trate de derechos imprescriptibles o de peticiones antes negadas por no acreditar requisitos, siempre que en la nueva petición se subsanen.
Se dará atención prioritaria a las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental, cuando deban ser resueltas para evitar un perjuicio irremediable al peticionario, quien deberá probar la titularidad del derecho y el riesgo del perjuicio.
Si la petición presentada versa sobre funciones que no son competencia del Programa Somos, se informará en el acto al solicitante o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Si para la atención de una petición, ESSA requiere información o documentación adicional que deba suministrar el peticionario, lo requerirá dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el solicitante aporte los documentos o información requeridos se reactivará el término para resolver la petición, de conformidad con lo previsto en estas reglas. Vencido los términos sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, ESSA entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual.
Respuesta a las peticiones:
Cuando excepcionalmente, no fuera posible resolver la petición dentro de los plazos señalados, ESSA informará al peticionario antes de que se cumpla el término, expresando los motivos de la demora y señalando el nuevo plazo en que se dará respuesta.